AL SR. PONENTE DEL SENADO DE LA COMISIÓN DE DEFENSA D. (GPS)
D………………………., mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D………………………., mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D. ………………………,mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X, D……………………., mayor de edad, con DNI número 00.000.000-X y D……………, mayor de edad, con DNI número 00.000.000- X, domiciliados a todos los efectos y de notificación en …………….., c/ …………………………………………., código postal………….; todos Funcionarios Militares en situación de Reserva procedentes de Reserva Transitoria, por tanto con facultad para actuar en propio nombre y representación de AMEAUXET, agrupación de militares de la escala auxiliar del ejército de tierra. Ante su Señoría comparecemos y como mejor proceda DECIMOS:
Que el próximo 11 de octubre se reúne PONENCIA de la comisión de defensa del SENADO y dado que el GPS ha presentado enmienda de modificación signada con el número 128. Por la que formula y presenta nueva enmienda de modificación a la disposición derogatoria única 2 al amparo del artículo 107 del Reglamento del Senado En dicha enmienda se conculcan los derechos económicos del personal de las TRES ÚLTIMAS POROMOCIONES DE LA ESCALA AUXILIAR EN (RT) DEL ET al ser incluidos en la (discriminatoria) DT11 de la Ley 17/99. La enmienda es la siguiente:
ENMIENDA128
modificación.
Se propone modificar el apartado 2 de la disposición derogatoria única que quedará con la siguiente redacción:
«2. Seguirán en vigor en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria undécima, reserva transitoria; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»
ENMIENDA DE CONTRASTE
Del Grupo Parlamentario Socialista (GPS) El Grupo Parlamentario Socialista (GPS), al amparo de lo previsto en el artículo 107 del Reglamento del Senado, formula la siguiente enmienda a la Disposición derogatoria única. 2.De modificación.Se propone modificar el que quedará con la siguiente redacción:«2. en tanto subsista personal al que les sea de aplicación las siguientes disposiciones de la Ley 17/1999, de 18 de mayo: disposición adicional octava, […] acceso de suboficiales al empleo de teniente; disposición adicional undécima, pase a la reserva; disposición adicional duodécima, perfeccionamiento de trienios; disposición transitoria tercera, régimen del personal de escalas a extinguir; disposición transitoria séptima, situación de segunda reserva de los oficiales generales; disposición transitoria octava, pase a la situación de reserva de oficiales generales; el apartado 2 de la disposición transitoria décima, régimen transitorio de pase a la situación de reserva; disposición transitoria decimoquinta, Cuerpo de Mutilados de Guerra por la Patria; disposición transitoria decimosexta, personal al servicio de Organismos civiles y el apartado 4 de la disposición derogatoria única.»
JUSTIFICACIÓN
Mantener en vigor el apartado 3 de la disposición adicional octava para no alterar la regulación del ascenso a teniente de los suboficiales que tuvieran el empleo de sargento con anterioridad al 1 de enero de 1977.
Es por ello,
Que la anterior ENMIENDA 128 debe de ser modificada parcialmente por la comisión de defensa del SENADO, con competencia plena, en la reunión de REVISIÓN que tendrán sus Señorías el próximo día 11-10-07. El Proyecto de Ley está ya en la fase de TRAMITACIÓN EN EL SENADO. Es el momento de hacer JUSTICIA a las tres últimas promociones de la escala auxiliar y cae en RT paraque en el momento que se devuelva la CONGRESO DE LOS DIPUTADOS deje de existir tal discriminación contra la RT. En cuanto tanto y en propio nombre y representación de AMEAUXET, agrupación de militares de la escala auxiliar del ejército de tierra. Solicitamos a Vuestra Señoría que tenga a bien designar, en la Comisión de Defensa, PONENCIA DE REVISIÓN que eleve a INFORME con la calificación de URGENTE la imperiosa necesidad de modificación parcial de la enmienda 128 para poner punto final a la discriminación de este colectivo. Dicha enmienda versará sobre la inclusión de las tres últimas promociones de la E.AUX.CAE del ejército de tierra en RT en la DT 8ª (RESERVA) de la Ley de la Carrera Militar para evitar con esa justa medida legislativa el quebranto injusto y discriminatorio a que se está sometiendo a este colectivo por los gestores del MINISDEF, MAPER. Señorías vuelven a DISCRIMINAR a este colectivo al incluirlos a través de la enmienda de modificación nº 128 en la DT 11 DE LA Ley 17/99. Este personal se encuentra DISCRIMINADO al perder el 20% de sus emolumentos dentro del periodo de los 15años por dicha injusta DT11. Tienen derechos adquiridos y reconocidos por el RD 1000/85 y DA8ª 3 de la Ley 17/89 que han sido conculcados gravemente por esa injusta DT11. Estos derechos adquiridos les fueron arrebatados por la injusta DT11 de la Ley 17/99 y que sus Señorías vuelven a incluir nuevamente en la enmienda 128. La Comisión de Defensa del Congreso de los Diputados, según enmienda de contraste, en principio no los recogía y según se desprendía de la primera modificación a la disposición derogatoria única 2 y por encontrarse este personal en reserva (de oficio) se les incluía sin más en la DT8º de la ley de la Carrera Militar.
A esta parte interesa, por ser de estricta justicia, que el personal de la E.AUX.CAE en RT quede recogido en la DT8ª de la Ley de la Carrera Militar, RESERVA. Con la justificación además, de que en el ejército español no existan distintos baremos con los que favorecer ó perjudicar a determinadas escalas, dependiendo de su procedencia .
Es justicia que reiteramos en Madrid, 2 de octubre de 2007
Fdo. D.……………………primer firmante para recibir notificaciones